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Este 31 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma que amplía lista de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa (PPO).

En la edición vespertina del DOF, la presidenta Claudia Sheinbaum se difundió el decreto que oficializa la reforma al segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución.

Por lo que ya es vigente la PPO para la extorsión, el tráfico de drogas sintéticas, así como para el contrabando, así como para las “factureras”.

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La modificación al 19 Constitucional se aprobó con 355 votos a favor y 108 en contra, y establece que será un juez quien ordene la prisión preventiva oficiosa en los casos de extorsión y delitos previstos en las leyes aplicables cometidos por la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, fentanilo y derivados.

El 4 de diciembre, la Cámara de Diputados declaró la constitucionalidad de la reforma, luego de 20 Legislaturas estatales la avalaron, a saber:

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Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y la Ciudad de México.

leo