Foto: Archivo 24 Horas Se deben precisar las empresas beneficiadas, los montos a pagar, los entregables y las fechas de entrega de cada uno de los estudios y servicios contratados  

La Secretaría de Turismo (Sectur) deberá dar a conocer los documentos que funden y motiven la adjudicación directa para los estudios de factibilidad del proyecto del Tren Maya, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

 

Se deben precisar las empresas beneficiadas, los montos a pagar, los entregables y las fechas de entrega de cada uno de los estudios y servicios contratados, señaló el comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov al presentar el asunto ante el pleno.

 

Toda la información que se genere en torno a ese proyecto debe transparentarse y ponerse a disposición de la población, como un verdadero ejercicio de rendición de cuentas, que permita la participación democrática de la sociedad en la toma de decisiones.

 

“Conocer los impactos ambientales y los estudios de factibilidad respectivos, permiten valorar los posibles deterioros y consecuencias de orden ambiental”, subrayó.

 

El comisionado consideró que las solicitudes de acceso a información de este tipo abonan al debate público, «en torno a las decisiones gubernamentales de gran calado”; sobre todo, luego de que hace unos días un juez de Distrito otorgara una supensión provisional de las obras del aeropuerto de Santa Lucía.

 

En el análisis del caso, advirtió que de conformidad con la normatividad analizada, el sujeto obligado resulta competente para conocer lo solicitado, toda vez que mantiene una competencia concurrente con otra u otras autoridades.

 

La Sectur se había declarado incompetente y orientó al ciudadano a remitir su requerimiento ante la Unidad de Transparencia del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, o a su filial Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) Tren Maya, S.A. de C.V.

 

Sin embargo, de acuerdo con el criterio 015/13, emitido por el pleno del Instituto, al existir la competencia concurrente, la dependencia deberá agotar el procedimiento de búsqueda de la información para entregarla, o bien, en caso contrario, declarar la formal inexistencia a través de su Comité de Transparencia.

 

Asimismo, indicó que de conformidad con la Ley Federal de Transparencia, las Unidades de Transparencia deberán garantizar que las solicitudes se turnen a todas las áreas competentes que cuenten con la información o deban tenerla de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones.

 

CS