Foto: Cuartoscuro/Archivo El Senado de la República aprobó reformas a la Ley General de Salud para obligar a los prestadores de servicios funerarios a disponer de recipientes o contendedores de material biodegradable adecuados  

El Senado de la República aprobó reformas a la Ley General de Salud para obligar a los prestadores de servicios funerarios a disponer de recipientes o contendedores de material biodegradable adecuados, que impidan el derrame de líquidos o el esparcimiento de olores, que se colocarán dentro de los ataúdes, en los casos previstos por las autoridades sanitarias.

 

El dictamen aprobado y enviado al Ejecutivo Federal, precisa que la Secretaría de Salud será la encargada de emitir disposiciones que prevengan los riesgos sanitarios por la reutilización y destino final de los ataúdes féretros.

 

Prevé que toda reutilización o donación de ataúdes o féretros provenientes de servicios de cremación o desintegración de cadáveres, se hará previo procedimiento de desinfección y aviso a la autoridad sanitaria competente. El establecimiento será responsable de la utilización de productos biodegradables para llevar a cabo dicho procedimiento.

 

Se faculta a las autoridades sanitarias locales llevar a cabo verificaciones a los establecimientos para constatar el cumplimiento de lo previsto en el artículo anterior. Asimismo, deberán prever programas y mecanismos destinados a la destrucción o reutilización de ataúdes y féretros en condiciones ambientales responsables.

 

De acuerdo con información del Consejo Mexicano de Empresas de Servicios Funerarios (Comesef), de un universo de más de cuatro mil funerarias del país, 60 por ciento operan en la informalidad y, de éstas, una tercera parte son irregulares, señala el dictamen.

 

De los 650 mil fallecimientos que se registran al año en el país, el 20 por ciento son cremados, por lo que se requiere regular el uso y reúso de ataúdes. Más de 100 mil ataúdes son reusados al año en el territorio nacional, precisa el documento.

 

 

fahl

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