El Tribunal de Disciplina suspendió a las magistradas federales por cancelar la extradición del exgobernador de Tamaulipas.
Cuartoscuro | El Tribunal de Disciplina suspendió a las magistradas federales por cancelar la extradición del exgobernador de Tamaulipas.

Las magistradas federales Dulce Yanet Vega Camacho y Lourdes Guadalupe Ávila Tovías, quienes llegaron al cargo por voto popular, quedaron suspendidas de sus funciones por cancelar la extradición del exgobernador de Tamaulipas, Eugenio Hernández, en diciembre pasado, a pesar de que el caso tenía siete años en pausa.

Aunque el Tribunal de Disciplina no publicó los nombres de las magistradas suspendidas, fue de conocimiento público que cancelaron la extradición del exgobernador de Tamaulipas en diciembre pasado.

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Antecedentes de extradición del exgobernador de Tamaulipas

De los antecedentes del expediente se desprende que en marzo de 2018, la Secretaría de Relaciones Exteriores concedió la extradición de una persona reclamada por otro país por la posible comisión de los delitos de asociación delictuosa y lavado de dinero, quien promovió inicialmente un juicio de amparo en contra de esta determinación, mismo que le fue negado por un Juez de Distrito.

Inconforme con la negativa del amparo, en el mes de noviembre del mismo año el quejoso impugnó la sentencia ante un Tribunal Colegiado de Circuito, además de que paralelamente presentó una recusación en contra del presidente de ese órgano jurisdiccional para que se abstuviera de conocer del asunto. Ante tal situación, el mismo Magistrado presentó una excusa legal.

El asunto estuvo sin movimiento por siete años hasta que a principios de diciembre de 2025, las Magistradas hoy suspendidas, sin que el expediente estuviera listado, resolvieron el incidente de recusación y excusa, y dictaron sentencia en el juicio, mediante lo cual se modificó la sentencia del Juez Federal y concedieron el amparo para que se negara su extradición, lo anterior bajo el argumento de que la Cancillería mexicana no tomó en cuenta la opinión jurídica de un juez, la cual no era vinculatoria.

Conforme a la normativa de nuestro país y a la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la decisión sobre la extradición de una persona es facultad del Poder Ejecutivo, pues es un acto que atañe a las relaciones con otros países basado en un principio de reciprocidad internacional, por lo que tal determinación constituye un acto exclusivo de la soberanía nacional reservado al criterio del Ejecutivo Federal.

'Permanencia de magistradas podría generar una grave afectación a la impartición de justicia'

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Rufino H León Tovar, magistrado presidente de la Comisión de Disciplina, señaló que este órgano jurisdiccional consideró que la permanencia de las dos Magistradas como integrantes del Tribunal Colegiado referido, podría generar una grave afectación a la impartición de justicia, al ponerse en duda su profesionalismo e imparcialidad en los juicios de amparo de su competencia.

Añadió que se ordenó suspenderlas en el cargo y de sus funciones durante el tiempo que dure la indagatoria iniciada por el Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas, la cual podría derivar en el inicio de un procedimiento de responsabilidad y en su caso, en la aplicación de las sanciones previstas por la ley.

Reiteró que el Tribunal de Disciplina Judicial continuará ejerciendo sus atribuciones con firmeza y responsabilidad para garantizar que la función jurisdiccional se ejerza con estricto apego a la ley, pues uno de los objetivos de las medidas cautelares es proteger la integridad del sistema de justicia y asegurar que los procedimientos disciplinarios se desarrollen con plena independencia, objetividad y transparencia.

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