¿SAT aplicará multa de hasta 35 mil pesos por préstamos familiares?
Cuartoscuro/Edición 24 HORAS |

Aquí te decimos qué dice la ley sobre que el SAT aplicará multa de hasta 35 mil pesos por préstamos familiares o donativos recibidos.

En días recientes salió la información sobre que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizará multas a los contribuyentes que reciban préstamos familiares, donativos o premios.

Cabe mencionar que la autoridad fiscal presta mucha atención a cada una de las transacciones de los contribuyentes, aún más cuando se tratan de grandes cantidades de dinero, y las cuáles no queden declaradas debidamente.

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¿Se deben declarar los préstamos, donativos y premios recibidos ante el SAT?

En este sentido, de acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) señala que los contribuyentes deben declarar cada uno de los ingresos que tengan, incluidos los donativos, premios o préstamos familiares.

El artículo 90 de la mencionada ley señala que las personas físicas en México están obligadas a declarar todos los préstamos, donativos o premios que reciban siempre y cuando superen un límite establecido por las autoridades.

Es decir, que todos los préstamos, donativos o premios que superen en conjunto o individualmente más de 600 mil pesos durante el ejercicio fiscal correspondiente, o sea el año fiscal, deben ser notificados al SAT a través de la Declaración Anual.

Sin embargo, si dichos conceptos no superan más de 600 mil pesos en el año fiscal, entonces no deberás declararlos ante el organismo.

Multa de hasta 35 mil pesos que aplica el SAT

Además de cometer dicha falta, el SAT puede proceder de la misma forma si se presentan las siguientes circunstancias:

  • Si no existen documentos o comprobantes que demuestren la procedencia lícita de montos menores a los 600 mil pesos
  • Cuando los recursos provienen de personas morales (empresas o asociaciones civiles), y el receptor no presenta ante la autoridad fiscal el formato 86-A en un lapso máximo de 15 días desde el depósito

En caso de incumplir alguna de estas situaciones, entonces el SAT aplicará sanciones como multas económicas que pueden ser de hasta 35 mil pesos por cada falta, no sin antes notificarte el monto que excediste y darte 20 días para que demuestres por escrito y con documentos legales el origen del dinero que recibiste.

Es importante mencionar que existe un segundo tipo de sanción económica que es proporcional al importe no declarado (préstamo familiar, donativo, premio) pues el SAT puede fijar una multa equivalente al 50 por ciento o hasta el 75 por ciento del monto total del depósito. Además, los recargos y actualizaciones se aplican al saldo hasta el momento en que el contribuyente regulariza su situación.

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Recomendaciones para evitar multas

En primera instancia el SAT recomienda a los contribuyentes guardar comprobantes de pago o documentos que acrediten el origen de ingresos extras, como los donativos, préstamos, premios, etcétera.

También recomienda a los contribuyentes a mantener actualizar sus datos personales y realizar las declaraciones anuales correspondientes sin omitir ingresos extras, así como los gastos efectuados.

Redactor web en el diario 24 HORAS. Licenciado en Ciencias de la Comunicación por la UNE. Cuento con tres años de experiencia en periodismo y me apasiona narrar historias interesantes a las distintas...