La Cámara de Diputados avaló en lo general la reforma en materia de derechos de autor, la cual busca regular la Inteligencia Artificial en el uso de imagen, voz e interpretaciones de artistas o ejecutantes.
Aunque los legisladores advirtieron efectos contrarios en la iniciativa, la reforma se avaló con 335 votos a favor de Morena, PVEM y el PT. En contraste, 129 sufragios en abstención de PAN, PRI, MC y de los petistas Lilia Aguilar y Javier Vázquez Calixto.
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Reforma da protección a personas que se dedican al doblaje: Morena
La diputada morenista, Alma Lidia de la Vega Sánchez, afirmó que la reforma da protección de derechos a las personas que se dedican al doblaje, principalmente por su uso no autorizado mediante sistemas de inteligencia artificial y la consecuente salvaguarda de sus derechos laborales.
Además, adecua la ley autoral para posibilitar la aplicación de la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, ampliando las posibilidades de solución y acuerdos para las personas creadoras, intérpretes y ejecutantes.
A su vez, la legisladora morenista resaltó que la reforma busca establecer límites jurídicos al uso de esas tecnologías, a fin de evitar afectaciones a las fuentes de empleo y a la dignidad profesional de quienes desarrollan estas actividades.
Del mismo modo incorpora un lenguaje incluyente que sustituye referencias tradicionales por el concepto de personas trabajadoras, artistas, intérpretes con el propósito de darles mayor visibilidad y reconocimiento a todo el sector.
La reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor amplía la protección jurídica de la voz y de la imagen al reconocer expresamente que la voz forma parte del derecho a la imagen de las personas, así como de los personajes que interpretan y establecer que su utilización en cualquier formato o sistema de inteligencia requerirá autorización, misma que podrá revocarse por quien la haya otorgado.
Dictamen tiene errores: PVEM
El diputado emecista, Gibrán Ramírez Reyes, presentó una moción suspensiva, advirtió que el dictamen tiene errores y afecta a los autores, artistas, intérpretes, productores, técnicos y editores.
Señaló que se introduce el concepto de Inteligencia Artificial sin definirlo, esto hace, desde luego, que se pueda aplicar la ley de una manera arbitraria y hasta caprichosa.
“Podría hacerse, incluso, generarse un mercado para la extorsión en cada tramo de las postproducciones, ya que cada ejecutante, intérprete o artista podría revocar en cualquier momento el consentimiento para que su voz o su imagen sean utilizados”, pronosticó.
Explicó que si un personaje se suplanta, no solo es el actor, ejecutante o intérprete a quien están robando su imagen, sino la concepción misma del personaje es “usufructuada ilegítimamente”.
“Hay que proteger a quienes participan de la economía creativa, pero hay que hacerlo bien, no con bodrios legislativos como lo que se presenta en este dictamen. Por eso, pido que se suspenda el procedimiento y que se regrese a la comisión para hacerlo bien, con un parlamento abierto y escuchando a todos”, enfatizó.
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Reforma busca proteger derechos de artistas, pero el instrumento esta equivocado: PRI
Por su parte, Ofelia Socorro Jasso Nieto, diputada del PRI, aseguró que en apariencia la reforma busca proteger los derechos de las personas artistas, intérpretes o ejecutantes, pero el instrumento esta profundamente equivocado, porque una mala ley, incluso con buenas intenciones, termina generando efectos contrarios a los que se buscan.
Explicó que es una reforma que genera incertidumbre jurídica, incrementa costos de operación y pone en riesgo de empleos en la industria cultural y creativa.
“Esta reforma establece nuevas obligaciones en materia de remuneración, derechos conexos y condiciones laborales, sin generar mecanismos claros de implementación, ni considerar el impacto económico en productores independientes, pequeñas compañías y proyectos emergentes. ¿Quién va a absorber esos costos? No serán las grandes plataformas internacionales, serán los productores nacionales, serán las pequeñas empresas culturales, serán los propios creadores y eso no puede traducirse en algo muy concreto: menos proyectos, menos contrataciones y menos oportunidades. Legislar no es imponer, es construir acuerdos. No es acelerar procesos es hacerlos bien”, cuestionó.
También va en lo particular
El dictamen fue avalado en lo particular por 368 votos a favor de Morena, PT, PVEM y MC, en abstención con 104 sufragios por parte del PAN y el PRI.
Además, se avaló una reserva que presentó Ricardo Monreal, coordinador de los diputados de Morena, planteó diversas modificaciones en la Ley Federal del Trabajo en la materia, con ello, modificó la plana que envió el Ejecutivo Federal.
Entre las modificaciones resaltó el artículo 304, el cual tiene por objeto actualizar el ámbito de aplicación de la norma laboral conforme a las condiciones de tecnología que actualmente prevalecen o existen, porque la redacción vigente genera duplicidad.
Se sustituye la expresión “lugar o entorno”, para permitir la incorporación de plataformas digitales y tecnológicas actuales o futuras, evitando vacíos normativos y asegurando la vigencia de la protección laboral.
La modificación al artículo 305 sustituye un esquema prohibitivo general por un modelo basado en la regulación contractual. Establece la obligación de definir en el contrato las condiciones y la remuneración por el uso de imágenes o de voces, incluyendo el empleo de Inteligencia Artificial y otras tecnologías.
También propuso modificar que cualquier uso no previsto requerirá acuerdo entre las partes para otorgar de esta manera certeza jurídica y mayor flexibilidad.
En el artículo 994 de este ordenamiento jurídico, en su fracción IX planteó se elimine la sanción administrativa vinculada al artículo 305 Bis, en atención a su naturaleza contractual.
Con ello, los conflictos que se puedan presentar se trasladan al ámbito jurisdiccional laboral, evitando duplicidades con la Ley Federal de Derechos de Autor y manteniendo la coherencia del sistema jurídico.
Ley Federal de Derechos de Autor con cuatro modificaciones
En el caso de la Ley Federal de Derechos de Autor, resaltó cuatro modificaciones: el artículo 87, el 118, el 121 y el 123. En el artículo 87 tiene por objeto ampliar la protección de la imagen para incluir la voz y los resultados generados mediante inteligencia artificial, delimitando su uso al consentimiento expreso y a los fines pactados entre las partes, incorporando la posibilidad de revocación por causa justificada y una excepción para la parodia, para la sátira o para la imitación creativa, siempre y cuando no implique suplantación.
Por su parte, la modificación al 118, fracción VIII sustituye el concepto de imitación por suplantación y precisa que la conducta prohibida consiste en la generación de simulaciones o clones mediante inteligencia artificial que sustituya la prestación profesional o induzca al error, delimitando al mismo tiempo los supuestos permitidos.
El artículo 121 establece en esta modificación que cualquier transformación, modificación o suplantación de la voz o imagen mediante inteligencia artificial, requerirá acuerdo por escrito entre las partes, reforzando la protección frente a usos derivados no autorizados.
Finalmente, la modificación al artículo 231, fracción II, sustituye una redacción casuística por una remisión directa a los artículos 87 y 118, fracción VII, ampliando el alcance de las infracciones y evitando vacíos informativos.
