“Los beneficiarios serían el cónyuge, o los hijos o los padres, dependiendo de cada caso. La cobertura estará vigente del 1 de abril al 31 de agosto de este año y será retroactiva, es decir, contemplaremos también a quienes lamentablemente fallecieron desde la fecha de inicio de la vigencia”, dijo Recaredo Arias, director general de AMIS