El empresario deberá acudir a firmar durante los cuatro años y tres meses que le impusieron como sanción; la PGJDF podrá apelar esa sentencia si no está conforme
El empresario deberá acudir a firmar durante los cuatro años y tres meses que le impusieron como sanción; la PGJDF podrá apelar esa sentencia si no está conforme