La consecuencia en el incumplimiento de una obligación fiscal por parte de algún contribuyente, con residencia en el extranjero, no la eximiría de ser sujeta a un proceso penal por algún delito fiscal
La consecuencia en el incumplimiento de una obligación fiscal por parte de algún contribuyente, con residencia en el extranjero, no la eximiría de ser sujeta a un proceso penal por algún delito fiscal