La Sala Superior del TEPJF validó la impugnación de Susana Harp y ordenó al tribunal de Oaxaca emitir una resolución para clarificar si el cargo simbólico de coordinador de comités de la 4T es equivalente al de precandidato
La Sala Superior del TEPJF validó la impugnación de Susana Harp y ordenó al tribunal de Oaxaca emitir una resolución para clarificar si el cargo simbólico de coordinador de comités de la 4T es equivalente al de precandidato