La Presidencia de la República emitió el Decreto por el que se expide el Reglamento de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano, que incluye a la Secretaría de la Defensa Nacional a cargo de su protección y vigilancia.
El decreto, publicado este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), delimita la actuación de las instituciones, como el Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo para las acciones de seguridad nacional; la Fuerza Aérea y el Ejército para vigilancia y protección.
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También funcionará un Sistema de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo Mexicana, que promueve “la interacción de recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros que las dependencias, de conformidad con el presupuesto que se les sea asignado, de forma preventiva, reactiva y proactiva ante Amenazas que atenten contra la seguridad nacional”.

Los lineamientos indican que “quedan exentas de ser objeto de Interceptación aérea, las aeronaves del Estado mexicano que por la naturaleza de sus actividades requieran mantener la discreción de su operación mediante sus equipos de identificación apagados, por las condiciones de amenaza y riesgo a la seguridad de la vida de las personas a bordo de sus aeronaves o por seguridad nacional, siempre y cuando hayan establecido coordinación previa de su operación con el Centro”.
El documento establece los procedimientos para alertamientos aéreos de aeronaves no identificadas que pongan en riesgo la Seguridad Nacional, siendo la última instancia la intercepción y aseguramiento de la tripulación.
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Uno de los artículos transitorios indica que “las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto deben realizarse con cargo a los presupuestos aprobados a los ejecutores de gasto responsables para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente, por lo que no incrementarán su presupuesto regularizable y no se autorizarán recursos adicionales”.
