Este año seguirán en aumento las denuncias relacionadas con operaciones u organizaciones dedicadas al lavado de dinero, lo que permitirá evitar que el “dinero sucio” ingrese a la economía y al sistema financiero, destacó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
El director de la Unidad de Implementación de la Ley contra el lavado de dinero de la SHCP, Alberto Elías Beltrán, estimó que ello será posible gracias a las modificaciones legislativas y penales hechas en la materia, así como a la mejor coordinación entre autoridades nacionales y extranjeras para prevenir y combatir este fenómeno.
En entrevista informó que el año pasado la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda presentó 84 denuncias relacionadas con operaciones u organizaciones dedicadas al lavado de dinero.
Comparó que esta cifra es 150 por ciento superior a las denuncias presentadas en los tres años previos, que en promedio se ubicaron entre 30 y 35, y estimó que este año superen las que se hicieron en 2013.
Las autoridades mexicanas, dijo, han reconocido que existe un problema de lavado de dinero, y por ello han implementado una serie de medidas para prevenir y combatir esta actividad delictiva y pegarles en sus estructuras financieras.
Entre estas medidas está la expedición de la llamada Ley “antilavado”, la reforma financiera y las modificaciones a los tipos penales de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, lo que ha permitido que el gobierno mexicano tenga mejores herramientas para prevenir y combatir este fenómeno delictivo.
La implementación de estos cambios y la mejor coordinación y colaboración entre autoridades nacionales y extranjeras ha permitido obtener resultados en la materia, como elevar el número de denuncias relacionadas con lavado de dinero.
El funcionario consideró que las modificaciones a los tipos penales en esta materia permitirán obtener un mayor número de órdenes de aprehensión o de consignaciones, hasta llegar a su culminación del juicio penal a través de sentencias y decomisos de un mayor número de activos de estas organizaciones criminales.
Recordó que la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita entró en vigor en julio de 2013, pero derivado de su propio régimen transitorio, sus obligaciones empezaron en septiembre de ese año, con la entrada en vigor de su reglamento y las reglas de carácter general.
Estas disposiciones establecen la obligación de las instituciones financieras de identificar a sus clientes y usuarios, con base en quienes realicen 15 actividades económicas no financieras consideradas vulnerables.
En tanto, en octubre del año pasado inició la obligación de darse de alta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para quienes realicen actividades vulnerables, y el último día de ese mes también entró en vigor la obligación de presentar los avisos respectivos y las restricciones al uso de efectivo en determinadas actividades vulnerables.
Al cierre de abril pasado, unas 55 mil personas físicas y morales se han dado de alta en el padrón de personas que realizan actividades vulnerables, a través del portal que administra el SAT.
Además, se han recibido alrededor de un millón 700 mil avisos de actos u operaciones de quienes han realizado actividades vulnerables a partir de septiembre de 2013 o los informes en ceros respectivos.
El funcionario de la Secretaría de Hacienda consideró que estas cifras muestran que hay un ánimo de cumplimiento de la legislación, cuyo objetivo es proteger a la economía y al sistema financiero del fenómeno delictivo que es el lavado de dinero.
Apuntó que como parte de la reforma financiera aprobada en 2013 y publicada en enero de este año se modificó el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, el cual establece el régimen de prevención y detección de operaciones posiblemente vinculadas con el delito de lavado de dinero y de financiamiento al terrorismo.
Como parte de esta reforma, explicó, se fortaleció el régimen al que deben sujetarse las entidades financieras, estableciendo con mayor claridad las obligaciones y sanciones a las que pudieran hacerse acreedoras las instituciones de crédito en caso de incumplimiento del régimen de prevención y detección de operaciones ilícitas.
Indicó que el pasado 23 de abril se publicaron en el Diario Oficial reformas a las disposiciones de carácter general a las que se refiere la Ley de Instituciones de Crédito, para seguir trabando en el tema de prevención y detección de operaciones de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
“No es que cambien un poco las reglas, sino que se está fortaleciendo el régimen de prevención para las entidades financieras, en especifico esta reforma por lo que se refiere a las instituciones de crédito”, explicó.
Entre estas modificaciones a las reglas, destacó el fortalecimiento de las obligaciones que tienen las instituciones de crédito para la identificación de fideicomisos, y deberán comenzar a remitir reportes a la Secretaría de Hacienda por operaciones con cheques de caja por un valor igual o superior a 10 mil dólares, ya sea cuando se expidan o se paguen.
El encargado de la implementación de la Ley “antilavado” resaltó que otro gran tema es que se establece una nueva facultad de la SHCP para emitir una “lista de personas bloqueadas”, la cual tiene su fundamento en la reforma financiera.
Precisó que la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP tiene la facultad de emitir esta lista que será “confidencial”, pues sólo se hará del conocimiento exclusivo de las instituciones de crédito.
Refirió que en esta lista de personas bloqueadas se podrán incluir a aquellas que en términos de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sean consideradas como organizaciones terroristas o hayan financiado actos de este tipo.
Asimismo, podrían incluirse aquellas personas que tanto autoridades nacionales como extranjeras hayan determinado que tienen una posible participación en operaciones de lavado, pero antes la UIF debe hacer un análisis de esta información.
Así, la UIF analizará la lista que emite el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, a través de su Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAT, por sus siglas en inglés), para determinar si estas personas deben estar en la lista de México y poder darla a conocer.
El funcionario insistió en que esta lista es confidencial y estará dirigida sólo a las instituciones de crédito, las cuales tendrán la obligación de suspender de forma inmediata la realización de todos los actos, operaciones o servicios que celebren con los clientes o usuarios que señale la SHCP en la denominada “lista de personas bloqueadas”.
El efecto de estas medidas es que, como estas personas ya no podrán abrir cuentas, se impedirá de manera automática y eficiente que ya no ingrese dinero sucio al sistema financiero mexicano, ni a la economía nacional.
Lo que continúa ahora, dijo Elías Beltrán, es que la Ley siga implementándose para prever y erradicar el lavado de dinero en el país, pero como este fenómeno delictivo y la forma de operar de las organizaciones criminales se actualiza, las autoridades mantienen en análisis este comportamiento para determinar modificaciones futuras a la norma.
“Seguramente habrá modificaciones a las disposiciones o reglas de carácter general para estas 15 actividades vulnerables, ya derivado de un análisis de la información que hemos venido recibiendo por parte de la Secretaría de Hacienda, por conducto de la Unidad de Inteligencia Financiera”, añadió el entrevistado.